ALARICO II, REY DE LOS VISIGODOS PROMULGA LA LEX ROMANA VISIGOTHORUM O BREVIARIO DE ALARICO (2 FEBRERO 506)

    En principio Alarico II (484-507) es uno más de la lista (33) de reyes visigodos que gobernaron en nuestra península. Hijo de su padre, el rey Eurico (466-484), le sucedió a su muerte. (En el reino visigodo no estaba establecido con carácter obligado y obligatorio la sucesión de herencia padre-hijo sino que eran los influyentes quienes decidían en cada caso, aunque naturalmente ser hijo del fallecido era un mérito preeminente. Esta circunstancia, que ofrecía sus ventajas, tenía el efecto perverso de que originaba tensiones y enemistades entre las diferentes familias principales que trataban de imponer como rey a algunos de sus miembros, lo que llevó en algunas ocasiones a asesinar simple y llanamente al que gobernaba).

    De carácter poco expeditivo, y algunos aseguran que hasta con un talante medroso, asustadizo, poco resolutivo y poco genio, algo que en más de un momento molestó a su corte y a sus nobles, dialécticamente su vida estuvo ligada a los dos reyes que gobernaban los estados limítrofes y que condicionaron su reinado. Con Teodorico el Grande, rey de los ostrogodos, que dominaban parte de lo que hoy es el Sur de Francia e Italia, que, entre otras cosas, le ofreció a su hija Teodegonda, con la que se casó. Y con Clodoveo, que tras agrupar y dominar a todas las tribus francas, ocupaba la parte Norte de lo que hoy es Francia.
    Cuando Alarico sube al trono, el reino de los visigodos se extiende no solo por gran parte de la península ibérica (quedaban fuera controlados por los suevos, el norte de Portugal, Galicia y la costa cantábrica) sino que incluía también el centro y la zona más próxima a los Pirineos, la Aquitania. La capital estaba en Tolosa (Toulouse) y por ello es llamado en la historia el “Reino visigodo de Tolosa”, al que Eurico había convertido en el estado más poderoso de occidente.
    Así las cosas, parecía inevitable un enfrentamiento Alarico-Clodoveo o, lo que es lo mismo, los visigodos y los francos. Enfrentamiento que efectivamente se produjo en la batalla de Vouillé, decisiva por el control de Galia, como se ha dicho, entre visigodos y francos ocurrida en la primavera de 507. En ella murió Alarico, venció Clodoveo y ello obligó a que Gesaleico, su hijo y sucesor, se replegara hacia Hispania, quedando la capital en Toledo y el reino visigodo circunscrito ya al territorio peninsular.

    Básicamente dos fueron los hechos relevantes que marcan su reinado y su época. El primero de ellos está relacionado con la religión, que sobrepasaba el ámbito eclesiástico y condicionaba toda la vida pública, política y social. Hasta el punto de que una herejía o la defensa de una afirmación teológica, por muy elevada y compleja que fuera, provocaban un montón de conflictos y, en más de una ocasión, hasta guerras. Eso fue lo que ocurrió con la franco-visigoda y la citada batalla de Vouillé.
    Circulaba en estos años una concepción de la esencia de Dios que la Iglesia consideraba hereje. La defendía un tal Arriano, un sacerdote de Alejandría, y ya había sido condenada en el Concilio de Nicea el año 325. Sin entrar en muchos matices teológicos en este artículo pues lo que interesa es el poder político que arrastraba, a diferencia de la posición oficial de la Iglesia que considera a las tres personas de la S. Trinidad formando parte de la misma esencia divina y en igualdad de condiciones, el arrianismo daba preeminencia al Padre sobre el Hijo y el Espíritu Santo. El caso es que, mientras los visigodos eran en aquel momento arrianos, los otros pueblos y los ciudadanos que se podían considerar romanos porque estaban allí cuando llegaron estos pueblos, defendían el dogma de la Iglesia, eran lo que se llama cristianos. Al abandonar Clodoveo el arrianismo y convertirse al cristianismo tras su matrimonio con la princesa cristiana Clotilde, consiguió el apoyo de sus nuevos correligionarios, lo que añadido a su gran ejército le dio la victoria en la citada batalla. Y de alguna manera la convirtió en una guerra religiosa.
    (Por mucho que a primera vista hoy pueda sorprendernos esta preeminencia social y política de una verdad teológica para promover una guerra, sería bueno recordar cómo aún subsisten en nuestra época situaciones aparentemente lejanas de este convencionalismo pero que en el fondo se mantienen. La guerra de los Balcanes, por citar un ejemplo, estuvo influida sin duda por las religiones.
    Por otra parte se puede recordar que los visigodos renunciaron al arrianismo y abrazaron la fe cristiana un poco tiempo después. Recadero 586-601, fue quien lo decidió).

    Cuando los visigodos se establecen en España, sobre todo al principio porque luego acaban fundiéndose en una sola población, convivían dos etnias, dos pobladores, dos formas de vida. Una es la de quienes estaban aquí, a los que se les llama romanos o tardorromanos, y otra la de los que vienen. Las costumbres y las leyes de cada una de estos dos grupos son suficientemente diferentes y eso genera un problema, incluso para la convivencia. Imaginemos, por contarlo de una forma más plástica, que los que llegan, los pueblos que vinieron del norte hubiesen sido, por ejemplo, polígamos y que se encontraran a nuestros antiguos romanos dentro de la monogamia. ¿Qué hacer en ese caso, qué permitir y qué prohibir? Eso llevó a que algunos reyes visigodos establecieran dos códigos, dos legislaciones diferentes.
    Es lo que ocurrió con Eurico, el padre de Alarico, que estableció un código (Codex Euricianus o Código de Eurico) con la característica de que solo se podía aplicar a los visigodos, a su pueblo, porque básicamente recogía y era un compendio de sus costumbres y modos de vida.
    En este contexto Alarico decide elaborar un código pero en esta oportunidad dirigida a los romanos, a los que estaban aquí cuando ellos (los visigodos) llegaron a esta tierra: Breviario de Alarico (o Lex Romana Visigothorum), que en realidad lo que se hace es recoger el derecho romano vigente. A diferencia del código de Eurico, que recogía el derecho práctico, el Breviario recopila el derecho oficial de los romanos, que ya estaba incluido en varias y muy importantes recopilaciones y códigos, de donde las toma, añadiendo siempre algún comentario o interpretación para su más fácil comprensión.
     El texto fue preparado por una comisión de cinco intelectuales dirigida por el jefe de palacio Goyarico. Una vez redactado, se presentó en una asamblea en la que estaban presentes todos los responsables del reino (nobles, obispos…, incluido el propio rey y en la que fue aprobado, siendo promulgada por Alarico II, en la ciudad de Tolosa, aún capital del reino, el 2 de febrero de 506.

    Las razones que pudieron llevar al rey a decidir este trabajo parece que fue el deseo de congraciarse “el favor de las clases superiores y más cultas de la población romana de las provincias galas y sobre todo de las hispanas en las que habrían de asentarse, y especialmente de la Iglesia católica que representaba a dicha población. Nada mejor para ello que inclinarse por el Derecho romano más culto”.
    Todo esto significa que la minoría aristocrática visigoda se sentía continuadora de alguna manera del Imperio romano.


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