SUPRESIÓN DEFINITIVA Y GENERAL EN ESPAÑA DE LAS INFORMACIONES SORE LA LIMPIEZA DE SANGRE (16 MAYO 1865)

            En sentido estricto, los Estatutos de limpieza de sangre fueron un mecanismo legal que se estableció en España para controlar a los judíos y a los moriscos que, ante la expulsión, habían optado por convertirse al cristianismo (marranos y moriscos, respectivamente). La razón oficial dada fue la sospecha de que esa conversión había sido aparente mientras en secreto practicaban su anterior religión. Para garantizar que ése no era su caso, los aspirantes a determinados trabajos o profesiones (estudiar en colegios o universidades, formar parte de los ejércitos, ingresar en monasterios o seminarios... etc) debían demostrar que ninguno de sus ascendientes eran conversos o “cristianos nuevos”, que se era cristiano "por los cuatro costados", es decir, tanto de padres y madres como de los cuatro abuelos.
            Sin embargo, y en la práctica, había numerosas adaptaciones a esa regla general, dado que cada institución tenía sus propios requisitos y procedimientos para satisfacerlos.

            El primer estatuto de pureza de sangre se aprobó en Toledo en el año 1449, porque "vistas sus herejías, sus crímenes y sus rebeliones contra los cristianos viejos de la ciudad, juzgaron que los conversos eran indignos de ocupar cargos, privados o públicos, en la ciudad de Toledo y en todo el territorio de su jurisdicción”.
            Aunque para su creación se utilizaron argumentos del filósofo Aristóteles y de la teología católica, los papas, al principio, no los aceptaron porque suponían implícitamente que el bautismo no lavaba los pecados de los individuos, algo completamente opuesto a la doctrina cristiana.

            En un sentido más amplio y sin esa denominación tan precisa, en España se han venido exigiendo requisitos de idoneidad en los mismos términos que la pureza de sangre referidos a los antecesores de los peticionarios. Hasta no hace mucho ser hijo ilegítimo (por ejemplo, de madre soltera o de fuera del matrimonio) impedía acceder al sacerdocio.


            Los estatutos de pureza de sangre cayeron lentamente en desuso. Pero aun en 1804, el rey Fernando VII estableció que ningún caballero de orden militar se podía casar sin que un consejo estableciera la pureza de sangre de la cónyuge. Fue una ley del 16 de Mayo de 1865 la que la abolió con carácter general para los matrimonios y ciertos cargos gubernamentales.

            La existencia de esta figura legal y social ha sido objeto de amplio debate a lo largo de la historia. Valga la anécdota de que Sancho, en el Quijote se jacta de ser “cristiano viejo”.